Marco Legal Quiropráctico

La Quiropráctica, a pesar de estar reconocida como profesión sanitaria por la Organización Mundial de la Salud (O.M.S.), y de tener carácter sanitario en la mayoría de los países desarrollados del Mundo, entre ellos muchos países europeos como Reino Unido, Francia, Portugal, Italia, Dinamarca o Suiza, y en algunos de ellos con reconocimiento de profesión sanitaria de salud básica, no es una profesión sanitaria y no ha sido objeto de regulación expresa en España. Al ser la normativa sanitaria una cuestión de Derecho interno y reservado a la Soberanía de cada País miembro de la UE, la profesión quiropráctica en España se encuentra en una situación de vacío normativo.

Desde la Asociación Española de Quiropráctica (A.E.Q.) se ha solicitado ante las Cortes y los Ministerios competentes en materia de Sanidad y Educación que el Parlamento impulse el proceso legislativo que reconozca el carácter sanitario y la sustantividad propia de la profesión quiropráctica. En los países que cuentan con regulación legal, la licenciatura en Quiropráctica se obtiene al finalizar los programas educativos de 5 o 6 años.

La A.E.Q. fue creada y reconocida por el Ministerio del Interior en 1986, incluye a 200 miembros que posean un título universitario reconocido por el Consejo de Educación Quiropráctico Europeo, lo que garantiza el cumplimiento de los más altos estándares de calidad en el ejercicio de esta profesión a nivel Europeo, pero lamentablemente, hasta la fecha, nuestros títulos y diplomas no son Títulos Oficiales en España. Si estás siendo atendido por un quiropráctico verifica y comprueba que sea miembro de la A.E.Q. en el apartado «Busca un quiropráctico» de su página web, de ese modo tendrás la garantía de que cumpla los estándares de calidad establecidos por E.C.C.E.

La regulación de la Quiropráctica en España es una cuestión de oportunidad política, pero mientras tanto, los profesionales quiroprácticos que cumplen los requisitos establecido por los Estatutos de la AEQ se encuentran en una situación de inseguridad jurídica y agravio comparativo con otros profesionales de otros países europeos, pudiendo ocurrir que los ciudadanos sean tratados por presuntos quiroprácticos que no cumplan los estándares mínimos de calidad exigibles internacionalmente.

Dos instituciones españolas, el Real Centro Universitario María Cristina de Madrid (UCR) (http://www.rcumariacristina.com) y el Barcelona College of Chiropractic (BCC), http://bcchiropractic.es/ ofrecen programas (Títulos propios, no oficiales) de cinco años de duración para la formación y el ejercicio de la quiropráctica, a la espera de que se reconozca legalmente esta profesión en España. Mientras tanto, dichos títulos cumplen todos los estándares de calidad y excelencia que exige el Consejo de Educación Quiropráctica Europeo (E.C.C.E.) y paradójicamente, los titulados españoles podrán ejercer como profesionales sanitarios en otros países como Estados Unidos, Francia o Inglaterra, pero no en el suyo propio.

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